miércoles, 26 de agosto de 2020

Tenerife - Prohibida la estancia y permanencia en el monte, por riesgo de Incendio.

El presidente del Cabildo de Tenerife recuerda que “en la isla estamos en medidas de grado 3, que incluyen la prohibición de hacer cualquier actividad en la zona forestal” y subraya que un error “se puede convertir en una tragedia”.

Miembros de la Brigada Forestal del Cabildo de Tenerife (Cabildo)

El presidente del Cabildo de Tenerife, Pedro Martín, ha hecho hoy un llamamiento a la población de la isla para que “actúen con prudencia ante las dos alertas que tenemos activadas, una por calor que afecta a todo el archipiélago, y la otra por riesgo de incendio forestal que afecta a las islas occidentales”.

Ante la previsión del aumento de temperaturas a partir de hoy el presidente entiende que “debemos extremas las precauciones y cumplir las normas dictadas por el área de Gestión del Medio Natural” y ha recordado que el Cabildo ha activado el refuerzo de su dispositivo contra incendios forestales.

“Por lo tanto, y mientras dure esta alerta quedan suspendidas en la isla las actividades con fuegos artificiales, los trabajos forestales, incluso los propios del Área de Medio Natural y de todas las empresas autorizadas.

Las áreas recreativas y de acampada permanecerán cerradas y las actividades deportivas autorizadas, incluida la caza, se suspenderán mientras dure esta alerta”.

Por último Martín insiste en que “debemos tener conciencia para que estos días de calor no pasen de ahí, de unos días con temperaturas altas, y no se convierta en una tragedia” y puntualizó que este año “el Cabildo reforzó el dispositivo contraincendios ampliándolo de cinco a ocho meses”.

Asimismo, recuerda que “sobre todo las quemas de rastrojos están prohibidas, y son una de las causas que originan incendios”. Cabe recordar que ayer mismo bomberos del parque de San Miguel tuvieron que intervenir en un pequeño incendio de rastrojos en la carretera de El Río en el municipio de Arico.


 

Prohibiciones Grado 3:

  • 1. Se prohíbe el uso cultural del fuego (quemas agrícolas y forestales, prescritas, de rastrojos, de matorrales, de regeneración de pastos, de residuos, etc.).
  • 2. Se prohíbe el uso recreativo del fuego (barbacoas, hogueras, fuegos de campamento, cocinas de gas, entre otros, así como los asociados a la noche de San Juan y actividades equivalentes). Ver Anexo III de áreas recreativas afectadas.
  • 3. Se prohíbe el empleo de maquinaria o herramientas que puedan proyectar chispas o elementos incandescentes, tales como motodesbrozadoras con cuchilla, equipos de soldadura o radiales de corte, entre otras. De manera excepcional se podrá realizar este tipo de actividad por necesidades urgentes y con la adecuada tutela con equipos de extinción, previa consulta con el Servicio de Gestión Forestal, quien estudiará su viabilidad.
  • 4. Se prohíben las exhibiciones pirotécnicas, cajas chinas, voladores, petardos, bengalas y cualquier otro material pirotécnico en la zona de riesgo.
  • 5. Se recomienda extremar las precauciones, en todo el territorio insular, con cualquier actividad que pueda generar incendios (tabaco, uso de grupos electrógenos, material eléctrico y pirotécnico, etc.).
  • 6. Se insta al Servicio Técnico de Gestión Forestal a que establezca los servicios necesarios para atender la situación de riesgo.
  • 7. Se prohíbe la ejecución de aprovechamientos forestales.
  • 8. Se prohíbe en todo el territorio insular el ejercicio de actividad cinegética (acción de cazar, control de poblaciones y adiestramiento cinegético. Los concursos de caza podrán realizarse fuera de las zonas de riesgo de incendio.
  • 9. Se prohíbe la circulación con vehículo a motor por la Red de pistas para vehículos de motor con finalidad recreativa, excepto por uso de servidumbre para el acceso de sus titulares a propiedades e infraestructuras.
  • 10. Se prohíbe el uso de la red de áreas recreativas y de acampada afectadas, que pasan a quedar cerradas (ver Anexo III).
  • 11. Quedan suspendidas las autorizaciones del Cabildo de Tenerife que afecten al uso de las áreas recreativas afectadas, zonas de acampada, campamentos, red de senderos y red de pistas para vehículos de motor con finalidad recreativa. Se exceptúan el sendero Telesforo Bravo y las concesiones administrativas.
  • 12. Se insta a los promotores privados de actividades no prohibidas en la zona de riesgo a que tomen las medidas necesarias frente a la situación de riesgo declarada.
  • 13. Se prohíbe la estancia de personas en el monte y el tránsito campo a través, por senderos o pistas forestales, a pie o por cualquier medio de locomoción, excepto por uso de servidumbre para el acceso de sus titulares a propiedades e infraestructuras.

 

Se aclara que la restricción de las actividades que resulta de la activación de los diferentes niveles de medidas preventivas tiene como destinatarios a la ciudadanía, las empresas y otros órganos o administraciones distintos del Área del Cabildo que tiene las competencias de gestión de los montes, de los espacios naturales protegidos y de prevención y extinción de incendios forestales.

Ante esto, la respuesta es clara, en Grado 3 de este protocolo ante la Alerta máxima de riesgo de incendio forestal, NO SE PUEDE SUBIR NI ESTAR EN EL MONTE.

          


Enlace de la Resolución Prohibiciones del Cabildo (Medidas Preventivas Grado 3)    


 

Fuente: Cabildo Insular de Tenerife

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